061/ 2014-06-11
063/ 2014-06-20
065/ 2014-06-26
067/ 2014-07-01
069/ 2014-07-04
071/ 2014-07-08
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075/ 2014-07-17
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079/ 2014-07-22
081/ 2014-08-05
Oficio 500-05-2014-23916 y su Anexo 1, mediante el cual se notifica que los contribuyentes que ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, una vez valorada la información, documentación y argumentos aportados, no desvirtuaron los hechos que se les imputaron, y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
083/ 2014-08-06
085/ 2014-08-11
087/ 2014-08-18
089/ 2014-08-21
091/ 2014-08-26
093 / 2014-08-27
095 / 2014-08-29
097 / 2014-09-01
099 / 2014-09-02
101 / 2014-09-04
Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 75 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, por la que se otorga una dispensa temporal para la utilización de materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio para que determinados bienes textiles y del vestido reciban el trato arancelario preferencial establecido en dicho Tratado, adoptada el 6 de agosto de 2014
103 / 2014-09-05
105 / 2014-09-10
107 / 2014-09-19
060/ 2014-05-30
062/ 2014-06-16
064/ 2014-06-26
066/ 2014-07-01
068/ 2014-07-04
070/ 2014-07-08
072/ 2014-07-11
074/ 2014-07-17
076/ 2014-07-17
Oficio 500-05-2014-23767 y su Anexo 1, mediante los cuales se notifica a los contribuyentes que no ejercieron el derecho previsto en el artículo 69 B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
078/ 2014-07-21
080/ 2014-07-30
082/ 2014-08-06
084/ 2014-08-08
086/ 2014-08-12
088/ 2014-08-19
090/ 2014-08-26
Oficio 500-05-2014-24071 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio no ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B de dicho Código